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Corporación de Asistencia Judicial de Tarapacá y Antofagasta, CAJTA

Registro de la Ley Nº 19.862



A la CAJTA, no le resulta aplicable la obligación de establecer los registros a que se refiere el artículo 3 de la Ley Nº 19.862.-

Última actualización: 10/07/2010



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